La asociación ha difundido un comunicado en el que señala que “cinco de las diez compañías energéticas denunciadas el pasado mes de enero han corregido su publicidad y ya incluyen en sus tarifas el IVA y los impuestos especiales sobre electricidad e hidrocarburos”. Así, tanto Iberdrola -explican desde Facua-, como Naturgy, Cepsa, CHC y Feníe “han comenzado a indicar en sus distintas ofertas tarifarias los precios del kilovatio de potencia contratada y el kilovatio hora de energía consumida con los impuestos incluidos, como impone la legislación de defensa de los consumidores”. Sin embargo -alertan desde la asociación-, otras cinco comercializadoras “siguen saltándose la ley”. Son, según Facua, Endesa, Holaluz, Repsol, Lucera y Som Energia. Esta última (Som) ha asegurado a Facua -explican desde la asociación- que “en breve procederá a incorporar los impuestos indirectos a sus tarifas”.
La asociación de consumidores denuncia que “la omisión de los impuestos indirectos en la publicidad e información comercial viene siendo un fraude generalizado en el sector energético, por el que se induce a creer a los usuarios que las tarifas son mucho más bajas”. Y también alerta sobre la lentitud de la administración. Porque resulta que, a mediados del pasado mes de enero, Facua solicitó al Ministerio de Consumo que apercibiese a las diez empresas energéticas denunciadas, y, sin embargo, la asociación no ha recibido respuesta “hasta la fecha” (en su denuncia ante el Ministerio, la asociación solicita que se inste a las compañías a cumplir con la obligación legal de publicitar sus precios con los impuestos incluidos y que se emprendan acciones judiciales contra las que se nieguen a hacerlo).
Facua también ha presentado denuncias contra las compañías energéticas ante autoridades de protección al consumidor autonómicas. De momento, sólo la Dirección General de Consumo del Gobierno de las Islas Baleares ha comunicado la apertura de expedientes sancionadores.
Qué dice la ley
El artículo 20 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios establece que todas las ofertas comerciales deben informar "el precio final completo, incluidos los impuestos". También el artículo 60, relativo a la información previa al contrato, y el 97, sobre los datos facilitados a los consumidores antes de firmar contratos a distancia o fuera de establecimientos mercantiles, indican que las empresas están obligadas a indicar los precios con los impuestos y tasas incluidos.
Facua considera que al facilitar tarifas que no incluyen los impuestos indirectos, además de infringir los citados preceptos legales, las comercializadoras eléctricas inducen a error a los consumidores sobre el importe real que pagarían de contratarlas, incurriendo con ello también en publicidad engañosa. Así, las prácticas vulneran también el artículo 3 de la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad y los artículos 7 y 18 de la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal.
Además de omitir los precios finales -advierten desde la asociación-, hay compañías que “ni siquiera aclaran en sus páginas que a las tarifas ofertadas hay que sumarles los impuestos indirectos y otras incluyen esta advertencia en un lugar poco visible”. Incluso en las menciones a los impuestos, también hay omisiones sobre cuáles son los porcentajes que representan de incremento sobre las tarifas.