El fallo estima íntegramente las pretensiones del Reino de España y deja sin efecto la autorización de embargo concedida en junio de 2025, que había permitido actuar sobre ingresos vinculados a los servicios de navegación aérea. Según las fuentes ministeriales, el tribunal declara ilícito el embargo posteriormente practicado y ordena liberar los 75,76 millones de euros consignados, junto con los intereses devengados.
La resolución también impone las costas a Blasket y permite su ejecución provisional aunque se presente una apelación, previsión que abre la posibilidad de recuperar los fondos sin esperar necesariamente al desenlace de un recurso. La información facilitada no confirma todavía su devolución efectiva ni supone la anulación del laudo arbitral situado en el origen del procedimiento.
El conflicto forma parte de la batalla internacional por los recortes a las renovables, que llevó a numerosos inversores extranjeros a reclamar indemnizaciones por los cambios en las condiciones económicas de sus instalaciones a raiz de las reformas del Gobierno de Mariano Rajoy en 2013 que desencadenaron demandas apoyadas en las garantías de protección de las inversiones del Tratado sobre la Carta de la Energía.
Uno de esos procedimientos fue el caso RREEF -gestora de inversiones vinculada originalmente a Deutsche Bank que invirtió en parques eólicos y plantas solares en España-, cuyo laudo se dictó el 11 de diciembre de 2019. El tribunal reconoció una indemnización de 59,6 millones de euros más intereses. Los derechos del laudo pasaron posteriormente a Blasket, impulsor de las actuaciones para obtener su cobro, según la información publicada por el medio especializado en política europea Politico sobre la sentencia belga.
Por qué un pleito renovable afecta a la navegación aérea
La navegación aérea aparece en este litigio por la búsqueda de ingresos españoles sobre los que ejecutar la indemnización, que llevó a Blasket a solicitar el embargo de los pagos pendientes de Eurocontrol a Enaire. Esta empresa pública presta servicios de navegación aérea en España, mientras Eurocontrol recauda las tasas y distribuye los ingresos. Por lo tanto, Enaire no originó el conflicto renovable: sus derechos de cobro fueron el objetivo elegido por el fondo para intentar cobrar el laudo contra el Estado.
La defensa española se apoya en los límites del derecho europeo al arbitraje entre inversores y Estados de la UE y en las normas sobre ayudas de Estado, argumentos que el tribunal belga ha acogido según el Miteco. El ministerio cita expresamente la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en los asuntos Achmea, Komstroy, Micula y Romatsa.
La posición cuenta con un antecedente en el caso Antin, abordado por la Comisión Europea en marzo de 2025, cuya compensación de 101 millones fue considerada una ayuda de Estado incompatible con el mercado interior. Bruselas ordenó impedir su pago y ejecución. La disputa también se libra fuera de la UE: en 2023, el Supremo australiano rechazó una apelación española relacionada con ese laudo, aunque son procedimientos distintos del embargo belga ahora revocado.
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