La posición de la comisión, aprobada por 56 votos a favor, 11 en contra y 12 abstenciones, apoya ampliar el mecanismo a una larga lista de productos transformados derivados del acero y el aluminio, como tornillos, alambres, muelles o artículos de uso doméstico, siempre que su inclusión -informa Europa Press- se base en metodologías "transparentes y cuantificables". Asimismo, se introduce una excepción para los flujos de electricidad procedentes de terceros países utilizados por los operadores para garantizar la estabilidad de las redes eléctricas. En materia de control, la comisión parlamentaria propone reforzar las normas para evitar prácticas destinadas a eludir el mecanismo. Así, aclara que las modificaciones menores de los productos también podrán considerarse una forma de evasión cuando tengan como único objetivo esquivar la aplicación del CBAM, aunque evita que esta definición afecte a decisiones empresariales legítimas orientadas a reducir costes.
Además, los eurodiputados -informa la agencia EP- quieren que Bruselas pueda aplicar los valores por defecto correspondientes al verdadero país de origen cuando detecte patrones de elusión y eliminan la salvaguarda propuesta por el Ejecutivo comunitario que permitía excluir determinados productos del mecanismo en caso de fuertes perturbaciones de precios.
También quieren cerrar un vacío legal en las ventas por internet mediante nuevas obligaciones de información y un límite de peso aplicado al conjunto de los envíos de un mismo vendedor, en lugar de calcularlo paquete por paquete. Asimismo, proponen que exista responsabilidad retroactiva cuando los envíos se fragmenten para mantenerse por debajo del umbral establecido.
Adelantar el fondo de descarbonización
En una votación separada, la comisión de Medio Ambiente ha respaldado su posición sobre el Fondo Temporal de Descarbonización por 59 votos a favor, 16 en contra y seis abstenciones, con la que reclama adelantar su entrada en funcionamiento a 2027, un año antes de lo planteado por Bruselas, además de ampliar las ayudas a los productores de fertilizantes y a las empresas que utilizan estos productos como materia prima, incorporando entre los beneficiarios la urea, el nitrato amónico y el sulfato amónico por su importancia para la seguridad alimentaria.
La iniciativa también prevé que todas las empresas que empleen mercancías sujetas al CBAM en sus procesos de producción puedan acceder a estas ayudas y que los recursos no utilizados se destinen a la financiación climática internacional de la UE en el marco del Acuerdo de París, en lugar de devolverse a los Estados miembro, como proponía el Ejecutivo comunitario.
La Eurocámara prevé aprobar su mandato negociador sobre ambos expedientes durante la sesión plenaria de septiembre para iniciar posteriormente las negociaciones con el Consejo (Estados) sobre el texto definitivo de la legislación.
El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico explica el MAFC
El Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono (MAFC) es, grosso modo, el instrumento de referencia para poner un precio justo “al carbono emitido durante la producción de bienes intensivos en carbono que entran en la Unión Europea”, y para fomentar “una producción industrial más limpia en países no pertenecientes a la UE”.
La iniciativa del Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono (en adelante, CBAM por sus siglas en inglés) forma parte del conjunto de medidas legislativas conocido como Objetivo 55. El CBAM se presenta como un instrumento esencial de la Unión Europea para cumplir su objetivo de neutralidad climática, a más tardar en 2050, en consonancia con el Acuerdo de París.
El CBAM aborda el riesgo de fuga de carbono que se produce cuando, por razón de costes derivados de políticas climáticas, las empresas de determinados sectores o subsectores industriales trasladan su producción a otros países, o cuando las importaciones procedentes de estos países sustituyen a productos equivalentes que son menos intensivos en términos de emisiones de gases de efecto invernadero. Se espera que el CBAM contribuya a promover la descarbonización en terceros países actuando como una referencia que impulse la adopción de medidas que determinen un precio justo del carbono emitido durante la producción de mercancías concretas.
El CBAM está regulado en el Reglamento (UE) 2023/956 del Parlamento Europeo y del Consejo de 10 de mayo de 2023 por el que se establece un Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono y su normativa de desarrollo. Recientemente, se ha aprobado el Reglamento (UE) 2025/2083 por el que se modifica el Reglamento (UE) 2023/956 en lo que respecta a la simplificación y el refuerzo del Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono, como parte del primer paquete Ómnibus de la Comisión Europea publicado el 26 de febrero de 2025.
Es clave su vínculo con el Régimen de Comercio de Derechos de Emisión de la Unión Europea (RCDE UE) pues el CBAM busca equiparar los objetivos climáticos de los productos importados a aquellos que se producen en la UE y por tanto, pagan un precio al carbono a través de los derechos de emisión. Para garantizar una transición progresiva del actual sistema de derechos de emisión gratuitos en el RCDE UE, a medida que se va introduciendo el CBAM, se irá reduciendo la asignación gratuita de derechos de emisión que reciben estos sectores en la UE.
Inicialmente, los sectores sujetos al CBAM son: el cemento, el hierro y acero, el aluminio, los fertilizantes, el hidrógeno y la electricidad. En el Anexo I del Reglamento 2023/956 se detallan las mercancías de estos sectores que se encuentran dentro del ámbito de aplicación del CBAM.
